Debe interpretarse en un sentido amplio, ya que no sólo se trata de remuneraciones económicas sino también pueden ser pagos en especie, por ejemplo: alimentación, vivienda, entre otras. El salario se percibe en función del trabajo realizado: a mayor número de horas de trabajo, debe corresponder mayor salario.
El salario se puede integrar por los siguientes conceptos:
Cantidad de dinero percibida normalmente a la semana/quincena/mes, etc.
Despensa
Vales (de cualquier tipo)
Bonos
Prima vacacional
Aguinaldo
Comisiones
Propinas
Vivienda
Alimentación
Otras prestaciones adicionales
Existen diferentes formas para tasar el salario
Salario fijado por unidad de tiempo: se paga por el tiempo que se dedica al trabajo, sin que importe la productividad; simplemente se toma en cuenta un periodo: por hora, diario, semanal, quincenal, mensual, etcétera.
Salario por unidad de obra o "a destajo": no importa el tiempo de producción sino las unidades producidas.
Salario por comisión: el porcentaje que se percibe sobre el producto de una venta o negocio.
Salario a precio alzado: se calcula por obra terminada pero el trabajador debe poner sus materiales y herramientas.
Salario de cualquier otra forma: algunos ejemplos son salario por actuaciones (actores o músicos), salarios por temporadas (deportistas), entre otros.
De lo anterior es posible concluir que el salario puede ser fijo o variable, depende de la forma cómo se obtenga.
Los trabajadores tienen derecho a disponer de su salario de manera libre, lo cual implica que el patrón no puede limitarle esta facultad bajo ninguna circunstancia. El salario es irrenunciable, cualquier pacto en contra de este principio se considera inválido. Asimismo, no es posible que se apliquen multas bajo ningún concepto.
Es posible realizar deducciones en el salario del trabajador, algunos casos son:
Pago de deudas contraídas con el patrón. El monto máximo permitido de este descuento es de 30%.
Pago de renta. No puede exceder de 25% del salario.
Pago de abonos para cubrir adeudos contraídos con el Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.
Pago de las pensiones alimenticias cuando ha sido decretada por una autoridad competente.
Pago de cuotas sindicales.
Por otro lado, existe el concepto de salario mínimo, el cual se refiere a la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados.
Este salario es fijado por zona geográfica y aplica para todos los trabajadores de dicha área sin importar la rama de actividad económica, profesión u oficio que desempeñe. Existen dos áreas geográficas las cuales son A y B (Antes de la Reforma Laboral habia zona A,b y C) . En cada una de ellas la Comisión Nacional de Salarios Mínimos se encarga de fijar el monto mínimo del salario.